Cuando te diste de alta, la Seguridad Social te preguntó cuánto ibas a ganar. Contestaste lo que pudiste, porque nadie sabe cuánto va a facturar en su primer año. Y ahora, unos meses después, tus ingresos no se parecen a aquella previsión.
No pasa nada: puedes cambiar la base de cotización hasta seis veces al año. Lo que no tiene sentido es dejarlo como está, porque la diferencia te la van a reclamar (o devolver) igualmente, solo que más tarde y de golpe.
Por qué tu cuota depende de una previsión
Desde 2023, los autónomos cotizan por sus rendimientos netos reales, repartidos en tramos. Pero los rendimientos reales de un año solo se conocen cuando presentas la declaración de la renta. Así que el sistema funciona en dos tiempos:
- Durante el año pagas una cuota según los rendimientos que tú has previsto.
- Al año siguiente, Hacienda le pasa a la Seguridad Social tus rendimientos reales y se hace una regularización: si pagaste de menos, te reclaman la diferencia; si pagaste de más, te la devuelven sin que tengas que pedirlo.
Cambiar la base de cotización durante el año sirve para que esa regularización sea pequeña o nula.
Si estás con la tarifa plana, este artículo te afecta menos mientras dure, porque pagas una cuota fija. Pero léelo antes de que termine, porque el salto a los tramos es justo el momento de ajustar.
La tabla de tramos de 2026
Para 2026 se mantiene la misma tabla que en 2025. El tipo total es del 31,50%, según la Orden PJC/297/2026 de cotización. Estas son las bases mínimas de cada tramo y la cuota aproximada que salen:
| Rendimiento neto mensual | Base mínima | Cuota aprox. |
|---|---|---|
| Hasta 670 € | 653,59 € | 205,88 € |
| 670 a 900 € | 718,95 € | 226,47 € |
| 900 a 1.166,70 € | 849,67 € | 267,65 € |
| 1.166,70 a 1.300 € | 950,98 € | 299,56 € |
| 1.300 a 1.500 € | 960,78 € | 302,65 € |
| 1.500 a 1.700 € | 960,78 € | 302,65 € |
| 1.700 a 1.850 € | 1.143,79 € | 360,29 € |
| 1.850 a 2.030 € | 1.209,15 € | 380,88 € |
| 2.030 a 2.330 € | 1.274,51 € | 401,47 € |
| 2.330 a 2.760 € | 1.356,21 € | 427,21 € |
| 2.760 a 3.190 € | 1.437,91 € | 452,94 € |
| 3.190 a 3.620 € | 1.519,61 € | 478,68 € |
| 3.620 a 4.050 € | 1.601,31 € | 504,41 € |
| 4.050 a 6.000 € | 1.732,03 € | 545,59 € |
| Más de 6.000 € | 1.928,10 € | 607,35 € |
Dentro de cada tramo puedes elegir cotizar por la base mínima o por una más alta, hasta el máximo de ese tramo. La mayoría elige la mínima, pero una base más alta mejora lo que cobrarías por baja médica y, a largo plazo, tu pensión.
Cómo calcular tu rendimiento para elegir tramo
Aquí está el error más común: usar lo que facturas. El tramo no va por facturación, sino por rendimiento neto computable, que se calcula así:
- Parte de tus ingresos del año, sin IVA.
- Resta tus gastos deducibles, igual que en el IRPF.
- Suma lo que hayas pagado de cuota de autónomos, porque para este cálculo no cuenta como gasto.
- Resta un 7% de gastos genéricos sobre el resultado (un 3% si eres autónomo societario).
- Divide entre 12.
Un ejemplo. Andrés es fotógrafo y prevé facturar 30.000 euros este año, con 9.000 de gastos sin contar la cuota.
- Rendimiento: 30.000 menos 9.000 = 21.000 €
- Menos el 7% de gastos genéricos: 21.000 × 0,93 = 19.530 €
- Al mes: 19.530 / 12 = 1.627,50 €
Andrés cae en el tramo de 1.500 a 1.700 euros, con una cuota de unos 302,65 euros al mes. Si hubiera mirado solo su facturación (2.500 euros al mes), se habría ido a un tramo con una cuota de más de 420 euros.
Cuándo se puede cambiar la base de cotización
Puedes cambiarla seis veces al año. El cambio no es inmediato: depende de cuándo lo pidas.
| Si lo pides entre… | Se aplica desde… |
|---|---|
| 1 de enero y 28 (o 29) de febrero | 1 de marzo |
| 1 de marzo y 30 de abril | 1 de mayo |
| 1 de mayo y 30 de junio | 1 de julio |
| 1 de julio y 31 de agosto | 1 de septiembre |
| 1 de septiembre y 31 de octubre | 1 de noviembre |
| 1 de noviembre y 31 de diciembre | 1 de enero del año siguiente |
Por ejemplo, si lo pides hoy, a mediados de octubre, el cambio se aplicará en la cuota de noviembre.
Cómo cambiar la base de cotización en Import@ss
El trámite es gratuito y se hace online en unos minutos:
- Entra en el portal Import@ss de la Seguridad Social, en el apartado «Base de cotización y rendimientos».
- Identifícate con Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico.
- Indica tu nueva previsión de rendimientos netos mensuales. El sistema te muestra el tramo y la base mínima que te corresponden.
- Si quieres, elige una base más alta dentro de ese tramo.
- Confirma y guarda el justificante.
Si tienes gestoría, también pueden hacerlo por ti. Es un trámite que suelen incluir en la cuota.
El efecto en números: cambiar a tiempo o no cambiar
Lucía se dio de alta previendo menos de 670 euros al mes y paga 205,88 euros de cuota. En verano se da cuenta de que va a cerrar el año con unos 1.600 euros al mes de rendimiento computable, en el tramo de 302,65 euros.
Si cambia la base en julio (efecto desde septiembre):
- Paga 8 meses a 205,88 y 4 meses a 302,65: 2.857,64 € en el año.
- Le correspondían 12 × 302,65 = 3.631,80 €.
- En la regularización le reclamarán 774,16 €.
Si no hace nada:
- Paga 12 × 205,88 = 2.470,56 €.
- En la regularización le reclamarán 1.161,24 €.
Al final paga lo mismo en total, pero con el cambio reparte el coste entre los meses y reduce el golpe del año siguiente. Si lo hubiera ajustado en primavera, la regularización habría sido aún más pequeña.
Y funciona igual al revés: si tus ingresos bajan, pedir un tramo inferior te deja más dinero cada mes, sin esperar a que te devuelvan el exceso al año siguiente.
Cotizar por encima del mínimo: cuándo compensa
Hasta ahora hemos hablado de ajustar el tramo a tus ingresos. Pero hay otra decisión: dentro de tu tramo, ¿base mínima o más alta?
La base mínima es la opción más barata cada mes. A cambio, todo lo que la Seguridad Social te paga se calcula sobre ella. El caso más claro es la baja por enfermedad: si estás de baja, cobras el 60% de tu base desde el cuarto día y el 75% a partir del día 21.
Con números: si cotizas por 960,78 euros, una baja de un mes completo te deja unos 565 euros (los tres primeros días no se cobran). Si en ese mismo tramo cotizas por 1.300 euros, pagas unos 107 euros más al mes de cuota, pero esa misma baja te deja unos 765.
Para la pensión pasa lo mismo, a mucho más largo plazo: se calcula con las bases de los últimos años de tu vida laboral. Cotizar siempre por el mínimo durante décadas se nota al jubilarte.
No hay una respuesta única. Si empiezas y vas justo de liquidez, la mínima tiene todo el sentido. Si tus ingresos ya son estables y dependes por completo de tu trabajo, subir algo la base es un seguro razonable. En cualquier caso, la decisión se toma en el mismo trámite: cuando vayas a cambiar la base de cotización, puedes elegir también dentro del tramo.
Cuándo cambiar y cuándo no
Cámbiala si:
- Llevas unos meses facturando claramente más (o menos) de lo previsto y la tendencia es estable.
- Ha entrado un cliente grande o recurrente que cambia tu año.
- Pierdes un cliente importante y tus ingresos van a caer durante meses.
No hace falta si:
- Es un mes bueno o malo aislado. Cuenta el promedio del año, no un mes suelto.
- Estás en el primer año de tarifa plana. Pagas la cuota reducida pase lo que pase.
- La diferencia es de unos pocos euros dentro del mismo tramo.
Un consejo práctico: revisa tu previsión cada vez que presentes el modelo 130. Ya tienes los ingresos y gastos acumulados delante, así que en cinco minutos sabes si sigues en el tramo correcto.
Tres dudas habituales
¿Me pueden multar por elegir un tramo bajo? No. Si te quedas corto, simplemente pagas la diferencia en la regularización, sin recargo, siempre que la abones en el plazo que te indiquen.
¿Y si no presento la declaración de la renta? Entonces la Seguridad Social no tiene datos para regularizar y puede aplicarte una base más alta que la de tu tramo real. Presentarla siempre te protege.
¿Cuánto tarda la regularización? Depende de cuándo Hacienda comunique tus datos. No es inmediata: suele llegar uno o dos años después del ejercicio, cuando Hacienda ya ha cruzado tus datos.
En el próximo artículo vemos un caso muy frecuente que complica todo esto: la pluriactividad, es decir, ser autónomo y trabajar por cuenta ajena a la vez.