El IVA se entiende rápido: lo cobras, lo guardas y lo ingresas. El IRPF para autónomos es otra historia, y de las que más dinero cuestan cuando se entiende tarde. Lo pagas a plazos durante todo el año, por dos vías distintas a la vez, y en junio del año siguiente Hacienda hace cuentas y decide si te devuelve o te reclama. De ahí vienen casi todos los sustos.
Vamos a desmontarlo por partes.
Las tres vías por las que pagas el IRPF para autónomos
A diferencia de un asalariado, que solo ve una retención en su nómina, tú vas a pagar el mismo impuesto de hasta tres formas:
- La retención en tus facturas. Tu cliente te descuenta un porcentaje y lo ingresa en Hacienda a tu nombre.
- El pago fraccionado trimestral. Tú mismo adelantas un porcentaje de tus beneficios con el modelo 130.
- La declaración de la renta. En primavera se calcula lo que te tocaba pagar de verdad y se resta todo lo que ya adelantaste.
Las dos primeras son anticipos. La tercera es la liquidación real. Entender esto resuelve el 90% de las dudas.
La retención en factura: el 15% y el 7%
Si eres profesional, es decir, si tu epígrafe IAE está en la sección 2ª, tus facturas a empresas y a otros autónomos llevan retención. Estos son los tipos:
| Situación | Retención |
|---|---|
| Profesional, caso general | 15% |
| Nuevo autónomo: año de alta y los dos siguientes | 7% |
| Actividades agrícolas y ganaderas | 2% |
| Actividades forestales | 2% |
Dos reglas que se olvidan con frecuencia. A un cliente particular nunca le aplicas retención. Y el 7% de los nuevos autónomos es opcional: cobras más cada mes, pero adelantas menos impuesto, así que en la declaración el ajuste será mayor.
Quien ingresa ese dinero en Hacienda es tu cliente, con el modelo 111, en los veinte primeros días de abril, julio, octubre y enero. Tú no tienes que hacer nada con esas retenciones salvo tenerlas bien reflejadas en tus facturas.
El modelo 130: quién lo presenta y quién se libra
El modelo 130 es tu pago fraccionado: ingresas cada trimestre el 20% de tu rendimiento neto acumulado desde enero, restando lo que ya pagaste en trimestres anteriores y las retenciones que te han practicado.
Aquí está la regla que libra a mucha gente de presentarlo: si más del 70% de tus ingresos ya llevan retención, no estás obligado a presentar el modelo 130. La lógica es evidente, tus clientes ya están adelantando el impuesto por ti.
Esto deja un escenario claro: si facturas sobre todo a empresas, probablemente no tengas que presentarlo. Si facturas a particulares, que no retienen, el 130 es tu obligación trimestral.
Los plazos coinciden con los del IVA: del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y hasta el 30 de enero el del cuarto trimestre.
El 5% que casi todo el mundo cuenta mal
Si tributas en estimación directa simplificada, que es el régimen por defecto de la mayoría de autónomos, tienes derecho a una deducción automática por gastos de difícil justificación. Son esos pequeños gastos reales del día a día que no se pueden documentar con factura.
Encontrarás muchas webs diciendo que es el 7%. Es incorrecto. Ese porcentaje se aplicó únicamente en el ejercicio 2023. El porcentaje vigente es el 5% del rendimiento neto positivo, con un máximo de 2.000 euros al año, tal y como recoge la AEAT en su página sobre estimación directa simplificada.
Dos matices que casi nadie menciona:
- Para quien desarrolla su actividad en Ceuta, el porcentaje en 2026 es del 10%.
- Esta deducción es incompatible con la reducción por actividades económicas del artículo 32 de la ley. Se aplica una u otra, no las dos.
Y si tributas en estimación directa normal, esta deducción no existe: solo puedes deducir gastos con su factura.
Si además tienes una nómina
Compaginar un trabajo por cuenta ajena con la actividad por tu cuenta cambia las cuentas, y casi siempre a peor en la declaración.
El motivo es que tu empresa calcula la retención de tu nómina mirando solo lo que te paga ella. No sabe lo que facturas por tu cuenta. Pero el IRPF es un impuesto único: en la declaración se suman todos tus rendimientos, y esa suma puede empujarte a un tramo superior al que preveía tu empresa.
El resultado habitual es que la nómina se ha quedado corta de retención y la diferencia aparece en junio. Si estás en esta situación, puedes pedir a tu empresa que te aplique un tipo de retención voluntario más alto. Es un trámite sencillo y reparte el golpe a lo largo del año.
Si tributas en módulos
Todo lo anterior da por hecho que estás en estimación directa, que es el caso de la mayoría. En estimación objetiva, los llamados módulos, el funcionamiento del IRPF para autónomos es distinto: el rendimiento no sale de tus ingresos y gastos reales, sino de unos índices fijados por Hacienda según la actividad (metros del local, personal, consumo eléctrico).
El pago fraccionado también cambia: se presenta con el modelo 131 en lugar del 130, y la retención en facturas, cuando aplica, es del 1%.
Los módulos solo están disponibles para actividades concretas, sobre todo comercio minorista, hostelería, transporte y algunos oficios, y con límites de facturación. Si tu actividad es profesional o digital, no te aplica.
Los tramos de 2026
El IRPF es progresivo: cuanto más ganas, mayor es el tipo que se aplica a cada tramo. La escala estatal para 2026 va del 19% para los primeros 12.450 euros hasta el 47% a partir de 300.000.
Un detalle que confunde mucho: esos tipos no se aplican a todo tu rendimiento, sino tramo a tramo. Si ganas 30.000 euros, no pagas el 30% de 30.000. Pagas el 19% de los primeros 12.450, un tipo mayor del siguiente tramo, y así sucesivamente.
Además, cada comunidad autónoma tiene su propia escala, que se suma a la estatal. Dos autónomos con los mismos ingresos pueden pagar cantidades distintas según dónde residan.
Un año completo, con números
Imagina un diseñador que factura 40.000 euros al año, todo a empresas, con 10.000 euros de gastos deducibles:
- Ingresos: 40.000 €
- Gastos deducibles: −10.000 €
- Rendimiento neto previo: 30.000 €
- Gastos de difícil justificación (5%, tope 2.000): −1.500 €
- Rendimiento neto: 28.500 €
Durante el año, sus clientes le habrán retenido el 15% de 40.000, es decir, 6.000 euros, que ya están en Hacienda. Como más del 70% de sus ingresos llevan retención, no presenta el modelo 130.
En la declaración se calcula el impuesto que corresponde a esos 28.500 euros y se le restan los 6.000 ya adelantados. Si lo retenido supera lo que le tocaba, le devuelven. Si se queda corto, paga la diferencia.
Por qué tantos autónomos acaban pagando en junio
Hay tres causas que se repiten:
La retención del 15% no cubre tu tipo real. Si tu rendimiento te sitúa en un tramo del 30% o más, el 15% retenido se queda corto por definición. La diferencia aparece entera en la declaración.
El 7% de los nuevos autónomos pasa factura al tercer año. Has adelantado muy poco durante tres ejercicios y el ajuste llega de golpe.
Facturas a particulares y no has presentado el 130. Si nadie te retiene y tú tampoco adelantas nada, en la declaración aparece el impuesto completo de un año entero.
Tres hábitos que te ahorran el susto
Aparta un porcentaje de cada cobro. Entre el 15 y el 20% del rendimiento, en una cuenta distinta, junto al IVA. Cuando llegue la declaración, el dinero ya está.
Calcula tu tipo real a mitad de año. En julio tienes medio ejercicio cerrado. Si proyectas tus ingresos anuales y ves que vas a caer en un tramo alto, tienes seis meses para prepararte en lugar de enterarte en junio.
Registra los gastos el mismo día. Cada factura de gasto que se pierde es rendimiento neto que sube y, por tanto, impuesto que pagas de más. Es el error más caro y el más fácil de evitar.
Con estos tres hábitos, el IRPF para autónomos deja de ser una amenaza anual y pasa a ser una cuenta que ya tienes hecha antes de que Hacienda la haga por ti.
El siguiente artículo entra en el detalle del modelo 130: cómo se rellena casilla a casilla, qué se incluye en cada una y cómo se calcula el importe a ingresar cada trimestre.